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Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual (SCA) en Argentina

Mucho se dice pero sobre todo se ha dicho sobre ésta ley fundamental para la democratización de los Medios de Comunicación en nuestra República Argentina.

Es necesario entonces realizar un profundo análisis sobre lo "¿qué es?" y lo "¿qué implica?" esta nueva ley que vendrá a sustituir a la ley de Radiodifusión, 22.285, promulgada en 1980 por la dictadura militar.

Desde la recuperación de la democracia el 10 de diciembre de 1983, teóricamente, existió un amplio consenso sobre la necesidad de derogar dicha ley promulgada por el infamemente autodenominado "Proceso de Reorganización Nacional".

Los presidentes Raúl Alfonsín en 1988 y Fernando De La Rúa en 2001, presentaron proyectos de ley, que no pudieron ser tratados, afectados por fuertes presiones por parte de los intereses involucrados.

En agosto de 2009, la presidenta Cristina Fernández de Kirchner envía un proyecto de ley a la Cámara de Diputados de la Nación Argentina para reemplazar a la ley de Radiodifusión, luego de haber sido debatido por un año, en 24 foros que se desarrollaron en distintos puntos del país.

Este proyecto de ley presentado fué aprobado por esta cámara el 17 de septiembre de 2009 con 146 votos a favor, 3 en contra y 3 abstenciones, luego de que se le realizaran más de 100 modificaciones, adquiriendo de esta manera la media sanción para luego ser validada el 10 de octubre en el Senado de la Nación Argentina con 44 votos a favor y 24 en contra.

El texto salido del hemiciclo, que la sociedad civil quería y había debatido, encaja a pesar de todo... con las intenciones de sus promotores, porque el reto era doble...

Por un lado, la nueva ley de SCA, tenía que saldar la desafortunada herencia de la ley de Radiofusión que se había mantenido en vigor tras el regreso de nuestro país a la democracia en 1983.

Esta ley sustituye -como ente de regulación- al COMFER (Comité Federal de Radiodifusión), que en principio agrupaba a dirigentes de empresas (generalmente pertenecientes a los grupos económicos dominantes), funcionarios de inteligencia (SIDE) y militares (Fuerzas Armadas en sus tres grandes ramas), por una Autoridad de Aplicación integradas por representantes de la clase política.

Dicha Autoridad de Aplicación, sometida al control del Congreso (lo cual implica una novedad), tendrá que contar también con la opinión de un Consejo Multisectorial y Participativo, en el que participarán profesores universitarios, personalidades del mundo asociativo y de la sociedad civil y, naturalmente, representantes de la profesión.

Indeseables y prácticamente inexistentes bajo los régimenes militares, los nuevos Medios de Comunicación propuestos e impulsados por ésta ley de SCA, suponen un gran reto político en el continente.

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